Después de divorciarse se puede cobrar la pensión de viudedad si existe una pensión compensatoria al cobro del cónyuge viudo o ha sido víctima de violencia de género.
La regla aplicable en matrimonios que están juntos es que tendrá derecho a pensión de viudedad vitalicia, cuando en el fallecimiento concurran las siguientes condiciones:
- Que el cónyuge fallecido se encuentre de alta en la Seguridad Social o situación asimilada al alta en la fecha de su fallecimiento y haya cotizado 500 días dentro de los cinco años anteriores a la defunción.
- Si el cónyuge fallecido no estuviera de alta en la Seguridad Social, se requiere un periodo de cotización de al menos 15 años. Este periodo mínimo de cotización no será necesario si el fallecimiento se produce por accidente de trabajo o por enfermedad profesional.
Derecho a pensión de viudedad en caso de separación o divorcio
Los requisitos para que un hombre o mujer divorciado o divorciada cobre pensión de viudedad después de fallecer su cónyuge divorciado son.
Pensión de compensatoria en caso de divorcio con pensión compensatoria:
- Que exista una pensión compensatoria al cobro que se quede sin poder seguir cobrando con el fallecimiento del cónyuge divorciado por ser el deudor de esta. La práctica es que el importe que se cobre sea el menor del que le correspondiera por cotización de seguridad social o el de la pensión compensatoria establecida.
- Que el cónyuge divorciado que sobrevive no se haya vuelto a casar ni haya constituido pareja de hecho en uno de os Registros Oficiales de Pareja de Hecho.
Para el caso de que el cónyuge fallecido se hubiera casado después del divorcio en cuestión, la pensión de viudedad se repartirá entre el cónyuge sobreviviente (o el conjunto de los que tuvieran derecho) y el divorciado en proporción al tiempo vivido con el causante. La Ley garantiza el mínimo del porcentaje de 40% a favor del cónyuge al tiempo de fallecimiento o pareja de hecho (siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos al efecto).
Pensión compensatoria en caso de divorcio para víctimas de violencia de género:
Las mujeres que puedan acreditar que eran víctimas de violencia de género el momento de la separación judicial o divorcio, aún no existiendo pensión compensatoria, pueden solicitar el reconocimiento de pensión compensatoria.
Pensión de viudedad para divorcios anteriores a 1 de enero de 2008
En supuestos de separaciones y divorcios de fecha anterior al 1 de enero de 2008, en caso de que concurran los siguientes requisitos:
- Que entre la fecha de separación o divorcio y la fecha del fallecimiento del causante de la pensión de viudedad no hayan transcurrido más de 10 años.
- Que el vínculo matrimonial haya tenido una duración mínima de diez años.
- Que existan hijos comunes del matrimonio.
- Que el separado o divorciado sobreviviente tenga una edad superior a 50 años a la fecha del fallecimiento.
- Que la persona divorciada o separada judicialmente que sobreviva no hubiera sido deudora de la pensión compensatoria.
En 2023 es evidente que ya no es posible en fallecimientos coetáneos, que hayan 10 años entre el divorcio anterior a 2008 y el fallecimiento.
De igual manera personas mayores de 65 años, si la separación judicial o divorcio es anterior al 1 de enero de 2008, serán beneficiarias de la pensión de viudedad siempre y cunado concurran los siguientes requisitos:
- Además de no ser beneficiarias de pensión compensatoria, no reúnan los requisitos indicado en los párrafos precedentes.
- Acrediten que no tienen derecho a otro tipo de pensión pública de la Administración.
- El matrimonio haya durado, como mínimo, quince años.
La pensión de viudedad procede con carácter general entre cónyuges casados, pero puede proceder también en matrimonios separados o divorciados en dos casos, que exista pensión compensatoria al cobro o que el cónyuge superviviente pueda acreditar ser víctima de violencia de género.
Abogados especializados en derecho a la pensión de viudedad después de separación o divorcio
Es por todo ello que recomendamos que antes de divorciarse lea esto, pues debe de conocer las consecuencias de sus decisiones familiares antes de ningún tupo de decisión.